2012/11/18

Problemas habitacionales en El Bordo

Sigue el problema de la falta de loteos estatales y privados


La semana pasa se planteo un conflicto entre las personas que ocupan terrenos de Rio Grande (empresa Azucarera ) que pidió un desalojo judicial para los ocupas que por no emigrar a otros lugares tomaron dichos terrenos, así ocurrió con el asentamiento San Espedido quienes ocuparon un predio que se ubica en el costad del complejo polideportivo y que por hoy ya se están construyendo sus casas, estos vecinos lograron  lo que los políticos locales no se atreven a  a realizar expropiaciones que es lo que obstaculizan el crecimiento del pueblo, sera porque son compañeros del circulo social y amigos o que? . de todas maneras el pueblo no puede esperar sera momento de tomor iniciativas drasticas …San Expedito = 1  Politicos Locales = 0



 NOTA: Ver Ley 12910 (suspensión).
                

I-PRINCIPIOS GENERALES

  
ARTÍCULO 1.- Los bienes cualquiera fuere su naturaleza jurídica, son expropiables por causa de utilidad pública o interés general.

ARTÍCULO 2.- La expropiación podrá comprender no solo los bienes necesarios, sino también aquellos cuya ocupación convenga al fin principal de la misma, o permitan la total o parcial financiación de las ejecuciones públicas.

ARTÍCULO 3.- Las expropiaciones, deberán practicarse mediante ley especial que determine explícitamente el alcance de cada caso y la calificación de utilidad pública o interés general.
Exceptúanse de tal requisito los inmuebles afectados por calles, caminos, canales y vías férreas, y sus obras accesorias en las que la afectación expropiatoria está delimitada y circunscripta a su trazado, quedando la calificación de utilidad pública declarada por la presente Ley.

Sigue en     http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/legislacion/l-5708.html

ARTÍCULO 53.- En caso de fuerza mayor, cuando se tratare de una zona afectada por incendio, inundación, terremoto, epidemia, el Poder Ejecutivo o el Departamento Ejecutivo podrán prescindir de todo trámite legal para tomar la propiedad particular, mueble o inmueble, normalizando posteriormente la situación legal.